Circolare 43347: Lo que tenes que saber.

Esta circular entro en vigencia el 03/10/2024, y nos dice lo siguiente:

Esta circular surge como respuesta a recientes fallos de la Corte de Casación y está diseñada para unificar la interpretación y aplicación de la normativa de ciudadanía en consulados y municipios italianos, a fin de asegurar coherencia en los procedimientos.

Con esta norma, los argentinos que quieren hacer el trámite históricamente se dirigieron a la Cámara Nacional Electoral, donde se pide el Certificado de No Naturalización, para comprobar si su antepasado adquirió la ciudadanía de su país adoptivo y, como consecuencia, perdió la italiana. Si ese fuera el caso de un padre,  su hijo solo mantenía la nacionalidad europea si había nacido antes de la naturalización, y de esta manera se podía pasar de todas formas la línea de sangre de aquel país.

Este punto es justamente el que cambió la Circular N° 43347, publicada a principios de octubre a partir de dos fallos de la Corte Suprema de Casación italiana que reinterpreta la legislación vigente.

Antes, si uno nacía con sangre italiana así se mantenía más allá de lo que hiciera su ascendencia. Ahora, lo que sugiere la nueva normativa es que si el padre abandonó la nacionalidad italiana por la de otro país, lo mismo ocurrirá con su hijo si es menor de edad, debido a la patria potestad del progenitor.